21 de abril de 2016

Más deuda para pagar deuda


LA NUEVA DEUDA SECRETA DEL BANCO CENTRAL

Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires, 13.4.2016


Con fecha 29.1 el Banco Central (BCRA) informó a través de un breve comunicado de prensa – número 50.696 - la toma de un préstamo externo de gran importancia pero del que se consignaron mínimos datos:

  1. Que se trata de una operación de pase pasivo por 5.000 MD (Millones de Dólares) a un año de plazo (exactamente, a 11 meses) con siete grandes bancos internacionales, que no se mencionan en el comunicado pero se sabe son: JP Morgan, HSBC, Deutsche, Citi, Santander, UBS y BBVA.
  2. Que esta operación se realizó contra garantía de títulos públicos Bonar 2022, 25 y 27 en cartera del BCRA para reforzar reservas internacionales.
  3. Que con esto se cubre el BCRA frente a un contexto incierto de los mercados internacionales.

Los términos de esta operación se mantienen en secreto: el BCRA no ha dado detalles de la misma – lo poco que se sabe es a través de escuetas versiones periodísticas – no es posible acceder al o a los contratos firmados al efecto y tampoco puede conocerse la Resolución 44/2016 del BCRA, que autoriza la operación, porque las resoluciones del Directorio son secretas.

El préstamo de los 5.000 MD (equivalente a unos 70.000 M$ - Millones de Pesos - al tipo de cambio 13.90 $/US$) habría sido concertado bajo la modalidad Repo, es decir, venta de títulos con pacto de recompra a plazo, a una tasa de interés que se dice habría sido del 7.3 % en dólares (Libor + 6.15 puntos) y el BCRA habría dado como garantía Bonar por más del doble del valor nominal del préstamo recibido (10-12.000 MD), siendo que estos títulos tienen una tasa de interés entre 7.75-7.875 % anual en dólares.

De hecho, si la tasa de la operación concertada fuese efectivamente del 7.3 % ello implica un pago promedio de intereses de un millón de dólares por día, independientemente de la futura devolución o no del capital o principal de la deuda.

Como no existe demostración alguna de la capacidad de repago del BCRA para poder cumplir con esta obligación, lo más probable es que la misma se cancele a su vencimiento con nueva deuda – como ocurre con absolutamente toda la deuda pública por capital que tiene la Argentina – o bien que los bancos acreedores se queden con los bonos.

Siendo que estos bonos son producto de canjear Letras intransferibles que el Tesoro entregó al BCRA – que no pagaban intereses – por los nuevos títulos Bonar, que pasaron a pagar altísimas tasas de interés en dólares y que son los que el Banco dio como garantía de la operación de pase a la banca acreedora.

Los efectos de este préstamo sobre la ya grave situación financiera y patrimonial del BCRA son más que preocupantes:
  1. El stock de reservas internacionales se sigue sosteniendo y aumentando con divisas prestadas, esto es, con deuda (y, en este caso, con deuda externa). Al 31.3.2016 las reservas internacionales son de unos 30.000 MD (29.600) pero sólo un 33 % está constituido por oro y divisas (9.800 MD), mientras que el 67 % son colocaciones realizables en divisas (19.800 MD), de los que 5.000 MD corresponden al préstamo consorciado de los 7 bancos (que se computan como reservas pero todavía no han sido desembolsados).
  2. Como la Carta Orgánica (CO) no contempla que el BCRA pueda contraer préstamos formales con entidades privadas el Directorio elude esta restricción a través de la operatoria de pases; pero tales operaciones de pase se constituyen normalmente a 1 ó 7 días de plazo, no a 11 meses, lo que en el caso de referencia es un préstamo contra garantía de títulos públicos (los Bonar 2022, 25 y 27). Con la particularidad que esta garantía del BCRA se dio por más del doble del monto acordado (10-12.000 MD) o - lo que es lo mismo – tomando los bonos al 50 % de su valor.
  3. Este pase pasivo, a su vez, es objeto de un tratamiento contable desconocido porque como operación de préstamo recibido por el BCRA aumenta el Pasivo – hoy del orden de los 377.700 M$ (equivalentes a unos 26.000 MD) – pero se lo contrabalancea con un Activo supuestamente elevado (354.100 M$, equivalente a 24.300 MD) debido a que los pases activos (normalmente préstamos de cortísimo plazo del BCRA a bancos comerciales) incluyen como garantía una gran parte de pasivos del propio BCRA (Lebac/ Bonar) dados por los bancos receptores. (*)

Es decir, que el BCRA termina respaldando o garantizando sus operaciones de pase activas con sus propios pasivos. Siendo recíprocamente válida la complementaria: que los bancos que suscriben operaciones pasivas con el BCRA las respaldan también con Lebac/Nobac o bonos, como en este caso.

El préstamo de los 5.000 MD – tomando como base las registraciones oficiales del BCRA en la semana que se produjo la operación (entre el 23.1 y el 31.1 pasados) - aparece contablemente como operación desdoblada:
  • Por un lado, hay una operación permutativa del Activo, donde bajan los Títulos Públicos en cartera del BCRA en 130.700 M$ (≡ 9.400 MD; por los Bonar dados en garantía) y aumentan las Reservas Internacionales en 70.100 M$ (≡ 5.000 MD; aunque no en forma física sino como papeles afectados al futuro ingreso de las divisas).
  • Esto abre un interrogante sobre la contrapartida contable de la subvaluación de los bonos dados en garantía a los bancos internacionales – por aumento de reservas de 70.000 M$ contra baja de títulos en cartera por 131.000 M$) - porque la diferencia pudiera aparecer en el Cuadro de Resultados – como diferencia negativa por cotización de títulos públicos, lo que se conocería mucho después (en el Balance de fin de año que normalmente se edita a mediados del año siguiente). (*)
  • Por otro lado, dado que se formula esta operación de pase como Repo – venta de títulos (bonares) con compromiso de recompra – los rubros de pases pasivos y activos tienden a compensarse porque las operaciones pasivas se calzan con garantías de bonos que son del Tesoro Nacional y no del BCRA.

Así, entre los balancetes del BCRA de esa semana se produce una fuerte caída de títulos públicos por 130.700 M$, producto de 242.800 menos 112.100 M$ a las fechas respectivas – que refleja la entrega de los Bonar.

La suba de Reservas tuvo un movimiento compensatorio algo diferente porque durante esa misma semana las reservas existentes cayeron 51.400 M$ (unos 3.700 MD) - siempre en cifras con redondeo - pero esta salida de divisas fue cubierta con el préstamo de los 5.000 MD (69.500 M$), lo que terminó elevando el stock en 1.300 MD (18.100 M$; producto de 101.100 + 69.500 = subtotal 170.600 M$ – 152.500 = 18.100 M$).

Y las Operaciones de Pase evolucionaron en forma paralela, aunque con el agregado de otras operaciones que no aparecen desagregadas:
  • Los pases pasivos aumentaron en 152.000 M$ - producto de 182.400 al 23.1 contra 334.400 al 31.1 – donde estarían incluidos los 69.500 M$ del préstamo de los 5.000 MD. y
  • Los pases activos aumentaron en 165.700 – producto de 142.800 al 23.1 contra 308.500 al 31.1 – donde también estarían incluidos los 69.500 M$ del préstamo.

Ergo, el saldo neto de operaciones de pase resultó así esa semana positivo en 13.700 M$ (165.700 - 152.000).

Tal importe coincide aproximadamente con el aumento del Patrimonio Neto del banco durante ese mismo periodo: 12.400 M$ (producto de 202.600 contra 215.000 M$).

No se puede hacer una interpretación directa de estos datos y sus implicancias como resultado de la macro-operación de pase realizada por el BCRA debido a la falta de información oficial pero sí puede afirmarse, como relevante, lo siguiente:
  1. El préstamo Repo de los 5.000 MD constituye una operación secreta que debilita la composición de las reservas internacionales del BCRA, integrándolas todavía en mayor proporción con títulos públicos propios del Estado Argentino.
  2. Este préstamo secreto agrava el perfil de vencimientos de la deuda cuasi-fiscal del BCRA agregando al extraordinario pasivo por Lebac – 559.700 M$ (≡ 38.400 MD al 31.3) – la nueva deuda a corto plazo por los 5.000 MD (a 11 meses).
  3. Esta situación agravaría el cuadro financiero y patrimonial del BCRA pese al aumento contable del Patrimonio Neto de 12.400 M$ en la semana citada; sin claro reflejo de la contrapartida por la subvaluación de los Bonar.

Mientras tanto, la extraordinaria deuda del BCRA – lo mismo que la del Tesoro Nacional – sigue creciendo en forma vertiginosa sin la más mínima demostración de su capacidad de repago.

Es notable que este tipo de operatorias secretas que comprometen gravemente la situación financiera y patrimonial del BCRA las haga un gobierno que hiciera de la transparencia una de sus principales banderas electorales y que hoy, estando a cargo de la administración del Estado, la sigue proclamando como tal.-

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(*) NOTA:

El BCRA edita semanalmente su Estado resumido de Activos y Pasivos, sin mostrar desagregado de rubros.

El Estado de Resultados, en cambio, sólo aparece al cierre del Ejercicio que, a su vez, se edita recién a mediados del año siguiente.

Por ende, para saber si la diferencia negativa de cotización de los Bonar - dados en garantía contra la operación de Repo – fue registrada con una pérdida por diferencia de cotización del 50 % de su valor (unos 61.000 M$ de pérdida) habría que esperar hasta esa fecha.

El BCRA, como se ha dicho, mantiene esta operación de pase en secreto, sin que se puedan conocer ni sus términos ni su tratamiento financiero-contable.

Según el último Balance publicado por el BCRA - correspondiente al ejercicio 2014 – la mitad de los Pases Activos están respaldados por Lebac: 35.800 M$ sobre un total de 70.900 M$. Y 22.300 M$ corresponden al swap o pase de monedas con el Banco Popular o Banco Central de China (Nota 4.7 y Anexo II).

A su vez, los Pases Pasivos sumaron al cierre del ejercicio pasado 67.200 M$, de los que 35.800 M$ correspondían a deudas de corto plazo con bancos y 22.100 M$ al pase de monedas a devolver a China, teniendo ambos rubros como contrapartida las garantías citadas del Activo (Nota 4.17 y Anexo II).

Con el agravante que gran parte de los pases pasivos del BCRA pertenecen a letras overnight, que son pasivos de cortísimo plazo que subsidian al sector financiero remunerándoles sus saldos de caja entre la hora de cierre de cada jornada y el comienzo del día siguiente.


8 de abril de 2016

Buitres: El Senado aprobó la rendición.


HOLDOUTS: RENDICIÓN FINANCIERA Y MÁS DEUDA

Por Héctor GIULIANO (2.4.2016)

La mesa está servida
El 31.3 el Senado votó favorablemente el proyecto del Ejecutivo y así el Congreso convirtió en Ley el paquete de arreglos con los holdouts firmado por el gobierno Macri y la toma consiguiente de más deuda externa para poder pagar dichos acuerdos.

Las consecuencias jurídicas y financieras de esta rendición en la cuestión de los holdouts son, hoy por hoy, imprevisibles pero los efectos directos sí se conocen por el articulado de la ley:

a) Se deroga la Ley cerrojo 26.017 y sus leyes conexas 26.547 y 26.886, para permitir que se les pague a los holdouts en mejores condiciones que a los bonistas que entraron en el Megacanje Kirchner-Lavagna 2005-2010 (artículo 1).

b) Se deroga la Ley de pago soberano 26.984 para regularizar la situación con el banco agente BoNY Mellon pero, sobre todo, para eliminar la Comisión Investigadora de la Deuda Externa Argentina creada por dicha ley, de modo de garantizar que no se vaya a hablar más en el Congreso sobre le ilegitimidad de la Deuda (artículo 1).

c) Se aprueban los 21 acuerdos firmados por el Ejecutivo – que forman parte de la ley – sin que los legisladores hayan contado con informaciones concretas ni con documentación de apoyo sobre los antecedentes y contenido de los mismos, en lo que constituye una virtual aprobación a ciegas de lo actuado por el gobierno (Anexo I).

d) Se autoriza pagar los montos involucrados en dichos convenios sin que se cuente con cifras claras y concretas de los importes a pagar, sin que se tenga conocimiento de los rubros o conceptos que se pagan y sin que se acompañe liquidación o detalle de los pagos a efectuar, en lo que constituye en la práctica una suerte de cheque en blanco por los montos aprobados individualmente y en su conjunto (ídem Anexo I).

e) Se delegan funciones en forma prácticamente irrestricta al gobierno – siempre a través del Ministerio de Economía (MECON) – para que instrumente como quiera los pagos que forman parte de los acuerdos signados, se le conceden autorizaciones abiertas para elegir y contratar en forma directa los bancos colocadores de las operaciones de bonos, para contratar empréstitos públicos y para suscribir acuerdos con agentes fiduciarios, agentes de pago, agentes de información, agentes de custodia, agentes de registración y agencias calificadoras de riesgo, así como la autorización por anticipado de los gastos

que esas contrataciones impliquen. Todo sin limitación – según dice la Ley – y bajo forma de contratación directa (artículo 10).

f) Se extienden las autorizaciones dadas al MECON para que efectúe enmiendas y/o adendas a los acuerdos de cancelación que se aprueban por la ley (!) y se le delega además en forma abierta la facultad de realizar nuevos acuerdos de cancelación con acreedores no comprendidos en estos acuerdos (artículo 6). Es decir, que la ley convalida totalmente lo actuado – sobre bases y liquidaciones de pago que el Congreso no conoce – y, a la vez, deja abierta la autorización para que el Ejecutivo siga actuando así en el futuro, por delegación abierta.

g) Se exime a las operaciones comprendidas en la ley – presentes y futuras – del pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales, de las restricciones cambiarias que puedan aplicarse según las normas locales (artículo 11) y también se exime a estas operaciones de cumplir con la Ley de Convertibilidad 23.928 y disposiciones conexas, de modo que las indexaciones – que están prohibidas en la Argentina – sí se puedan aplicar a los nuevos bonos a colocar en el extranjero (artículo 12).

h) Se establece que el Poder Ejecutivo está facultado para llegar a estos acuerdos con los holdouts en los términos del artículo 65 de la Ley 24.156 de Administración Financiera del Estado – un artículo que está redactado en forma confusa y que no ha sido reglamentado – por el que se condiciona toda reestructuración de deudas a la demostración de mejoras. Pero ocurre que estas supuestas mejoras no están demostradas ni los criterios por medio de los cuales se habría llegado a fundamentarlas (artículo 3).

i) Tampoco se ha cumplido con el requisito del artículo 61 de la Ley 24.156, que establece que toda operación de deuda externa tiene que contar con la opinión del Banco Central (BCRA) sobre el impacto de tales operaciones en la balanza de pagos.

j) Estos dos requisitos – de los puntos anteriores – no se han cumplido ante el Congreso, siendo que la Ley 24.156 en su artículo 66 dice que las operaciones de deuda pública que se realicen en contravención con su normativa son nulas.

k) El proyecto de la ley aprobado no vino acompañado de demostración alguna de la capacidad de repago de las obligaciones que se autorizan pagar con emisión de nuevos bonos, lo que agrega una anomalía esencial que va también contra el espíritu y la letra de la Ley 24.156 .

l) Se crea una inoperante nueva Comisión de Seguimiento y Control de los pagos realizados por el MECON, pero desprovista de facultades investigativas, para ratificar lo dicho en el punto b) (artículo 18).

m) Por último, se establece que la ley es de Orden Público, esto es, que toca – por definición – a los principios fundamentales del orden jurídico nacional y, por lo tanto, no tiene normas oponibles (artículo 19).

Hasta aquí las principales observaciones y/o comentarios sobre los puntos principales de la ley aprobada por el Congreso para convalidar los acuerdos con los holdouts y la emisión de nueva deuda externa para poder cumplirlos, pagándoles así al contado a los acreedores con dinero tomado de más deuda.

El artículo 7 de la Ley fija un tope de 12.500 MD (Millones de Dólares) para cancelar la deuda con holdouts (los tenedores de bonos que no entraron en el Megacanje Kirchner 2005-2010) pero la suma aproximada de los 21 contratos suscriptos totaliza unos 7.000 MD (que podrían elevarse a 7.400 con la incorporación de nuevos adherentes y/o el agregado de nuevos rubros).

Ya en las discusiones de comisiones del Senado se planteó el problema de la falta de explicación entre el total autorizado y las cifras reales a pagar, pero ello no quedó claro:

* Por un lado, se puede suponer que el monto autorizado es unos 5.000 MD mayor para dejarle margen al MECON para futuros arreglos.

* Pero, por otro lado, el ministro Prat Gay habló expresamente de colocar 11.684 MD de nuevos bonos para cumplir con el pago a los holdouts correspondientes a los acuerdos ya firmados.

Los acuerdos de referencia son solamente aquéllos que se negociaron a través de la mediación Pollack – cuya cifra total estaba estimada entre los 9-10.000 MD – y no abarca lógicamente los holdouts que no han entrado en la misma.

Como la deuda total pendiente con los holdouts – siempre según el MECON – es en la actualidad de unos 20.000 MD (en un comunicado reciente se habló de 18.800) esto significa que no sólo los arreglos acordados en Nueva York no alcanzan a la totalidad de los reclamantes sino que los mismos llegarían sólo a la mitad del total.

Este punto es importante porque no solamente abre interrogantes sobre las verdaderas liquidaciones de pago en juego por parte del Estado Argentino sino porque además deja expuesto a nuestro país a los reclamos de los holdouts restantes y, como agravante, a posibles reclamos de los bonistas que ingresaron en el Megacanje 2005-2010 – los holdin – por las mejoras obtenidas por quienes no entraron.

Se trata aquí de la duda que se abre con respecto a si las cláusulas RUFO-Derecho a futuras ofertas y MFCC-Acreedor más favorecido, firmadas con el Megacanje Kirchner-Lavagna, han prescripto o siguen siendo válidas; por lo que no se libra a la Argentina de seguir teniendo nuevas demandas y reclamos dado que la nueva ley no significa una solución final de la cuestión de los holdouts.

Sobre la base de los acuerdos secretos firmados con los holdouts que convalida la nueva ley – con los grandes fondos buitre a la cabeza – la administración Macri se apresta a colocar así los 11.684 MD de bonos en forma inmediata.

Son títulos públicos que se emitirán a 5, 10 y 30 años de plazo, es decir, deudas que pasarán a los futuros gobiernos; títulos que se estima serán colocados a tasas de interés altísimas – como las que se están reconociendo, que son del orden del 8 % anual o más – y para los cuales la ley no fija condiciones de emisión ya que las deja libradas al MECON.

El Presupuesto 2016 – Ley 27.198, que dejó aprobada la administración Kirchner – prevé un aumento de la deuda pública durante el ejercicio de 23.400 MD. A ello debe sumarse ahora esta nueva deuda del gobierno Macri para pagar a los holdouts – por 15.000 MD, según Prat Gay, sobre una deuda total de 20.000 – lo que da un acumulado de 36.000 MD de nueva Deuda Pública en el año.

Y a esto debe sumarse la deuda adicional que se piensa emitir para cubrir el déficit fiscal del ejercicio 2015, que rondaría el equivalente a 20-25.000 MD más.

Es parte de la mayúscula irresponsabilidad fiscal de tomar y seguir tomando deuda sin capacidad de repago – una irresponsabilidad compartida por Ejecutivo y Congreso – que aumenta y potencia la política de endeudamiento perpetuo de la Argentina.


6 de abril de 2016

Panama papers ¿Macri fue un "daño colateral"?


"En estos 'offshores' hay distribuidos alrededor de 30-40 billones de dólares. Y EE.UU., claramente, está interesado en redirigir estos fondos a su país"

'Papeles de Panamá': "El escándalo de las 'offshores' redirigirá billones de dólares a EE.UU."
Publicado: 5 abr 2016 

Tras la polémica de los 'Papeles de Panamá', el fenómeno de los paraísos fiscales no va a desaparecer, siendo únicamente redirigidos los flujos financieros.

El escándalo de los llamados 'papeles de Panamá' es un intento de redirigir los grandes flujos financieros de las zonas 'offshores' o paraísos fiscales hacia EE.UU., sostiene el periodista y experto financiero alemán Ernst Wolff en una entrevista a Sputnik. Según Wolff, el hecho de que las filtraciones no afecten a ninguna empresa estadounidense, podría indicar que el escándalo es parte de una estrategia del país norteamericano.

"Lo que está sucediendo ahora es que EE.UU. está tratando de 'secar' ciertos paraísos fiscales para presentarse a sí mismo como el nuevo y mayor paraíso fiscal del mundo", afirma el periodista. Anteriormente, Washington logró socavar el principio del secreto fiscal en Suiza, que actualmente está obligada a proporcionar a EE.UU. los datos de ciudadanos estadounidenses. 

Billones de dólares distribuidos

Mientras tanto, en territorio estadounidense está vigente un secreto bancario ilimitado y los Estados de Nevada, Dakota del Sur, Wyoming y Delaware son "paraísos fiscales absolutos", explica Wolf, añadiendo que tras este escándalo multitud de individuos y corporaciones retirarán sus fondos de las compañías 'offshore' para redirigirlos a los dos primeros Estados.

"En estos 'offshores' hay distribuidos alrededor de 30-40 billones de dólares. Y EE.UU., claramente, está interesado en redirigir estos fondos a su país", ha indicado.

La revelación de los llamados 'papeles de Panamá', la filtración masiva de documentos financieros sobre empresas en paraísos fiscales, se convirtió rápidamente en el tema principal de la actualidad informativa de todo el mundo. Según los materiales descubiertos, 11 millones y medio de documentos procedentes del despacho de abogados panameño Mossack Fonseca, doce jefes y exjefes de Estado, así numerosas figuras del ámbito político, cultural y deportivo de diferentes países, estarían vinculados a empresas en paraísos fiscales. En un mensaje en Twitter, el exempleado de la CIA Edward Snowden ha calificado la revelación como "la mayor filtración en la historia del periodismo de datos".

Fuente: RT

15 de marzo de 2016

Sobre deudas y estafas. DECLARACION



Declaración
LAS DEUDAS SE HONRAN, LAS ESTAFAS SE DENUNCIAN


Ante las horas críticas que vive la Nación Argentina la Confederación de Agrupaciones Nacionalistas declara:
1) Oposición absoluta al pago de los distintos conceptos que forman parte de la llamada Deuda Externa (ya sean servicios, intereses o arreglos parciales). 
2) Denuncia e investigación de los compromisos y de la deuda contraída desde la época del llamado Proceso de Reorganización Nacional hasta nuestros días.
3) Denuncia internacional en todos los foros posibles de la Deuda como una maniobra política de sometimiento amparada en los organismos de crédito y en los intereses de la alta finanza.
4) Proceso penal a quienes fueron protagonistas en nuestro país de llevar adelante la magna estafa (Presidentes, Ministros, Legisladores, Jueces, comisionistas, etc).
5) Políticas regionales para fortalecer la denuncia internacional.

Porque estamos convencidos que la Nación Argentina tiene recursos extraordinarios para hacer frente a la finanza que ahoga los Estados creemos que es necesario e imperioso romper con la trampa que nos mantiene esclavizados desde hace muchísimos años. 

Porque no es cierto que quedamos “fuera del mundo” o que nos hundiremos por falta de inversiones. El “mal ejemplo” y el “honrar las deudas” proclamados por las distintas vertientes del liberalismo es el mismo dogma que desde el siglo XIX vienen promoviendo para mantener encadenado al país detrás del interés extranjero y sus poderes usurarios.

La Argentina no es un país más. Puede levantar su voz y hacerse respetar en el concierto de las naciones. Una clase dirigente desinteresada y amante de su país, que no robe los dineros públicos y que trabaje por el bien común podrá levantar la Nación al lugar que por sus recursos debe ocupar en el mundo.

CONFEDERACIÓN DE AGRUPACIONES NACIONALISTAS


6 de marzo de 2016

Acuerdos secretos con los buitres





ACUERDOS SECRETOS CON LOS HOLDOUTS
Por el lic. Héctor GIULIANO (28.2.2016)

Las negociaciones por la cuestión de los Holdouts en Nueva York se aceleran, las versiones periodísticas parciales proliferan y se considera que habría inminentes novedades al respecto pero todavía no se cuenta con informaciones oficiales concretas, cifras desagregadas de los puntos que están en discusión ni datos o antecedentes sobre los mismos.

Sí se sabe, en cambio, que la administración Macri – en el marco de su política de gobernar con deuda - está desesperada por arreglar el asunto, que el costo financiero de tal arreglo va a ser altísimo y que, con ello, el gobierno sólo aspira a concretar su objetivo fundamental y expreso de volver al mercado internacional de capitales, esto es, a tomar nueva deuda externa en gran escala.

Con ello, a la masa impagable de deuda pública heredada de la gestión Kirchner – más de 300.000 MD (Millones de Dólares) - se sumará la emisión de nuevos bonos para pagar los juicios y reclamos de los holdouts con toma de más deuda (por 15-20.000 MD); y a esto se le agregará después la nueva gran ola de endeudamiento externo del Estado para financiar obras públicas y de infraestructura cuya magnitud todavía no se conoce pero ya está en curso como armado financiero de la Deuda Nueva.

Una pieza clave dentro de estas negociaciones con los holdouts – llevadas a través del mediador Pollack - es el punto ofrecido por el gobierno Macri y puesto como condición del juez Griesa de que el Congreso Argentino derogue las leyes cerrojo 26.017 y 26.984 de pago soberano (que creó además una comisión investigadora de la Deuda Externa Argentina) como requisito de la propuesta, que está abierta hasta el 29.2.

Esta instancia de tratamiento parlamentario constituye un arma de doble filo porque si el Congreso – como parece seguro – aprueba el arreglo con los holdouts no sólo allanaría el camino a la citada nueva política de macro-endeudamiento Macri sino que, a la vez, tal aprobación sería usada para tratar de hacer callar para siempre las críticas sobre ilegitimidad, insolvencia y responsabilidades por los delitos e irregularidades del sistema de la Deuda.

Para que el gobierno logre ese objetivo existe la variante que el Ejecutivo no pida al Congreso una aprobación directa del acuerdo – todavía secreto – con los holdouts sino sólo la derogación de las dos leyes que lo obstaculizarían; de modo que el Parlamento le daría así un aval implícito o cuasi-formal al arreglo convenido con los holdouts.

Ello podría ser así porque la contracción de más deuda por parte del Estado ya está autorizada por la Ley 27.198 de Presupuesto 2016 - que dejó aprobado el kirchnerismo – y que autoriza pagar la totalidad de los vencimientos de capital que se producen durante el ejercicio (68.000 MD) con más endeudamiento público y tomar deuda adicional por mayor importe (91.400 MD), de donde surge una previsión de aumento de la deuda de 23.400 MD en el año.

Esto quiere decir que el Ejecutivo puede desdoblar el requerimiento al Congreso separando la derogación de las dos leyes (que hoy no se aplican porque la 26.017 está suspendida y la 26.984 quedó inoperante) del pedido de autorización de la nueva deuda para pagarles a los holdouts dado que esto último ya lo tiene acordado por la Ley de Presupuesto 2016 y la continuidad de sus facultades especiales conexas.

Deviene así indispensable que, en función de la defensa de los intereses financieros del Estado frente a la nueva toma de deuda externa en gran escala y sin demostración alguna de capacidad de repago por parte del gobierno Macri, los legisladores nacionales estén debidamente advertidos de la naturaleza y gravedad del problema que va a ser sometido a su aprobación, de la magnitud de las cifras y compromisos en juego y de la seria responsabilidad que les cabe ante una maniobra que busca dar por terminada toda discusión parlamentaria de fondo – todavía pendiente – sobre el problema de la Deuda.

Para evitar un tratamiento engañoso del tema Deuda Pública a través de la cuestión de los Holdouts, los legisladores que quieran cumplir a conciencia sus deberes y responsabilidades constitucionales tienen tres requerimientos concretos - lógicos y esenciales – a reclamar al gobierno en su condición de tales:

1. Exigir al Poder Ejecutivo que eleve al Congreso el texto completo de todos los documentos pactados que forman parte del arreglo con los holdouts, acompañando los antecedentes del caso y con sus debidas traducciones al castellano.

Esto incluye los sub-acuerdos o acuerdos parciales ya firmados, como el caso de los bonistas italianos, los fondos Dart Management y Montreux Partners, así como con el fondo Brecher y otros acreedores.

2. Requerir – como parte específica básica del punto anterior – un listado completo, acreedor por acreedor, de los bonos incluidos en la negociación, con la identificación detallada de los títulos involucrados en el arreglo, su importe a valor nominal (capital, intereses y total) y sumas comparadas - en valor absoluto - contra el importe final ofrecido por el gobierno argentino; de modo de poder apreciar - caso por caso - cuál es la diferencia cuantitativa resultante.

En el caso de los valores nominales, los mismos corresponderían a lo que figura en el Informe de Deuda Pública del Ministerio de Economía (MECON) como "valor nominal actualizado en circulación" (producto de valor residual por coeficiente de capitalización).

Estas informaciones y datos deben abarcar el detalle de todos los tenedores de bonos holdouts - con o sin juicio y con o sin sentencia - y no solamente los que tienen acciones legales contra la argentina; de modo de estar seguros que se trata de los totales generales (aunque en algunos casos pueda tratarse de cifras estimadas).

Además, totales aproximados a pagar por conceptos de capital, intereses y monto, honorarios, asesoramiento, gastos y demás ítems; para tener idea de los importes que están en juego por estos rubros y la forma en que se los piensa pagar.

3. Condicionar el tratamiento del o de los arreglos firmados con los holdouts al análisis y confección de un Informe Especial de la Auditoría General de la Nación (AGN) al respecto - no vinculante – conteniendo al final todas las observaciones, comentarios y recomendaciones del caso para que los legisladores puedan estar en condiciones de entender tales acuerdos y decidir su voto en consecuencia.

Este último punto debe incluir además una evaluación específica de la capacidad de pago proyectada por el gobierno para poder demostrar que el Estado Argentino pueda cumplir en tiempo y forma los nuevos compromisos de deuda firmados por la administración Macri ad referéndum del Congreso.

La forma de tratamiento de la cuestión de los Holdouts, la transparencia y claridad de las informaciones de apoyo del arreglo y la decisión final del Congreso sobre el asunto van a constituir una demostración del grado de capacidad, honestidad y coraje de la clase política argentina con representación parlamentaria en relación al problema de la Deuda.



25 de febrero de 2016

LA RENDICIÓN A LOS HOLDOUTS


Por Héctor GIULIANO 

La Argentina se encuentra en vísperas de firmar una de las rendiciones financieras más grandes de su Historia: la rendición ante los holdouts, los tenedores de bonos que no entraron en el Megacanje Kirchner-Lavagna de 2005-2010.

La cuestión de los holdouts fue generada, agravada en forma equívoca e irresponsable y finalmente perdida por la administración Kirchner; y traspasada así para que fuera un nuevo gobierno quien se hiciera cargo del asunto.

Y la administración sucesora Macri - cuya política institucional es gobernar con deuda pública - se muestra declaradamente urgida y ansiosa por liquidar el asunto, a un altísimo costo financiero fiscal, para volver al mercado internacional de capitales, es decir, para volver a endeudarse en gran escala en el exterior (que era el mismo objetivo buscado con el Megacanje Kirchner-Lavagna y la Hoja de Ruta Boudou 2008; y que quedó frustrado por el problema de los holdouts).

Con el gobierno Kirchner se cumplió el adagio: vivió pagando deuda – fundamentalmente deuda con terceros a costa de una impagable deuda intra-Estado (grandes pagos a acreedores privados y organismos financieros internacionales) - y murió debiendo más de lo que heredó como deuda (un total superior a los 280.000 MD – Millones de Dólares – según cifras al 30.9.2015, sin contar intereses y tomando sólo la deuda en cabeza del Estado Central).

Cumpliendo fácticamente una tarea en tándem, la deuda externa desagotada por el gobierno K sirvió funcionalmente a la sempiterna excusa - ahora del gobierno Macri - de lamentar la pesada herencia recibida (el mismo argumento de base que usaron los Kirchner y todas las administraciones anteriores) y volver a tomar más deuda que antes.

Se corrobora de este modo una regla no escrita que dice que los problemas insolubles derivados del sistema de la Deuda – un mecanismo de deuda perpetua por refinanciación constante de sus vencimientos de capital – se cura siempre con más endeudamiento.

La administración K, durante su larga gestión, llevó a cabo una estrategia tan errónea como gravosa frente a los holdouts:

  • Se negó a investigar la legitimidad de las deudas reclamadas y acordó el Megacanje 2005-2010 para convalidar la deuda heredada, que en su gran mayoría (más del 80 % del total) correspondía al anterior Megacanje De la Rúa-Cavallo de 2001, que fue una operación delictiva y ruinosa para los intereses financieros del Estado.
  • Aceptó la jurisdicción de tribunales extranjeros – para competencia y ejecución de sentencias – y la condición de los fondos buitre (FB) aceptando los reclamos a Valor Nominal y no a Valor de Compra de los títulos reclamados.
  • Engañó a la opinión pública con el falso argumento de una quita con el Megacanje que en realidad era íntegramente compensada con cupones PBI, instaló – con la complicidad de la clase política mayoritaria - la falsía de un supuesto éxito de negociación que ocultaba el fracaso de dicho Megacanje, y luego proclamó el mito del Des-endeudamiento Público.

Todo este conjunto de falseamientos, torpezas y allanamientos K no sólo agravó la situación financiera y jurídica de la Argentina sino que dejó preparado el camino para que una nueva administración, la administración Macri – partidaria declarada de la vieja fórmula liberal de crecimiento con deuda – volviera a caballo del argumento de la herencia recibida y la necesidad de terminar de alguna manera con la cuestión de los holdouts, que bloquea su nueva política de endeudamiento externo en gran escala.

Con el agravante que, en realidad, no se trata tampoco de una terminación sino de una pseudo finalización de la cuestión - ya que el problema no son sólo los holdouts sino la deuda pública en sí misma - porque, en los hechos, acabar así con el tema FB significa que toda la deuda pública existente, más la deuda que se toma para pagar a los holdouts más la nueva deuda que se tome para financiar las obras públicas y de infra-estructura va a llevar a una nueva e impagable ola de macro-endeudamiento del Estado: toda una serie de nuevas obligaciones fiscales para las que no existe la más mínima capacidad de pago demostrada.

En este contexto, los preparativos para la firma de la rendición financiera ante los holdouts conllevan varios puntos relevantes:

  • Pese a su declarada política de transparencia informativa la administración Macri no ha suministrado todavía datos e informes concretos sobre los montos a pagar que están en juego: primero se habló del pago al contado de 6.500 MD sobre un total de reclamos de 9.000 pero ello correspondería sólo a los juicios y reclamos de los me too alcanzados por la mediación Pollack, mientras que ahora se reconoce la necesidad de cubrir deudas con 15.000 MD en bonos y un total general de pagos pendientes por 20.000 MD; lo que se acerca a estimaciones varias existentes sobre un monto final total a pagar entre 20-30.000 MD.
  • Absolutamente toda la deuda por los juicios perdidos por el Estado y los reclamos del resto de los holdouts se va a pagar con préstamos externos tomados en función de colocación de nuevos bonos cuyas características se desconocen.
  • Los condicionamientos legales del arreglo con los holdouts – impuestos por el juez Griesa y por el special master Pollack, que es el mediador designado por el juez (y que, en la práctica, es un re-estructurador de deuda) - incluyen especialmente la intervención del Congreso Argentino para comprometer su apoyo al acuerdo propuesto por el Ejecutivo.

Este último punto es particularmente importante porque se exige como requisito del acuerdo con los holdouts la derogación formal de la Ley cerrojo 26.017 y de la Ley 26.984 de Pago Soberano Local, con lo que sería la primera vez que el parlamento nacional se expida expresa y favorablemente a la convalidación de la Deuda Pública pese a las investigaciones en curso –expedientes virtualmente cajoneados por la Justicia Argentina– sobre su probada ilegitimidad de origen (causas Olmos I – con sentencia del juez Ballestero del año 2000, que el Congreso siempre se negó a considerar – Olmos II, Megacanje 2001 y denuncia Olmos Gaona-Marcos sobre responsabilidad de los funcionarios superiores de gobierno).

Aunque los juicios en curso son formalmente independientes de las decisiones legislativas – caso reciente de la anulación del convenio Irán-AMIA por la Corte Suprema pese a estar aprobado por el Congreso – cabe suponer en cambio que, en este caso, los jueces a cargo de los expedientes respectivos, sistemáticamente renuentes a promover y/o acelerar las causas, pudieran usar el arreglo de los holdouts como argumento para darlas por terminadas.

Pero la importancia y gravedad de lo que derive de esta muy probable convalidación parlamentaria vía derogación de las dos leyes es algo más complejo todavía:

  • La Ley 26.017 o Ley Cerrojo (del 11.2.2005) – llamada así porque prohibía abrir el Megacanje (que había sido una oferta voluntaria de reestructuración de bonos y cuyos términos dieron argumento a los FB para declararse excluidos del pari passu) ya ha sido suspendida por las leyes 26.547 primero (del 10.12.2009) y la 26.886 después (del 23.9.2013), de modo que se está pidiendo la derogación de una ley que ya está suspendida por el Congreso.
  • La Ley 26.984 o Ley de Pago Soberano declaraba de interés público la reestructuración de Deuda del Megacanje 2005-2010 y reemplazaba al Bank of New York Mellon (BoNY) por el Banco Nación Argentina (BNA) como agente de pago a los bonistas que entraron en dicha operación; una decisión que no tuvo resultados prácticos y que resultó inoperante mientras el desacato del gobierno Kirchner ante el fallo Griesa agravaba la situación.

Pero la Ley 26.984 creó además la denominada Comisión Bicameral Permanente en el ámbito del Congreso Nacional para la Investigación del Origen y Seguimiento de la Gestión y del Pago de la Deuda Exterior de la Nación; una comisión que el oficialismo kirchnerista cuidó que no investigara nada y que – presidida por el diputado Calcagno – no elaborara siquiera su primer informe de avance (hasta Diciembre del año pasado).

En función de estos datos no se entendería claramente cuál es la urgencia, importancia y objetivo concreto de poner como requisito del arreglo con los holdouts la derogación de estas dos leyes: un objetivo que ofreció el propio gobierno Macri en su propuesta del 5.2, que receptó y enfatizó el mediador Pollack y que luego fijó el juez Griesa como requisito del levantamiento de la medida cautelar de bloqueo de pagos.

Más allá de sus aspectos formales, la relevancia de este doble condicionamiento no parece ligada directamente al acuerdo ofrecido (un acuerdo cuyos términos completos y datos concretos todavía se desconoce).

En realidad, a los legisladores se los convocaría perentoriamente – el 29.2, bajo sesiones extraordinarias – no para analizar y/o discutir la propuesta de arreglo con los holdouts por parte del gobierno Macri sino sólo para derogar estas dos leyes, que constituyen uno de los requisitos que forman parte de dicho arreglo.

Por ende, los legisladores estarían votando sólo una cuota-parte de un acuerdo que desconocen: una suerte de cheque en blanco ya que su acción convalidaría el acuerdo.

El Partido de la Deuda – una estructura de poder inserta en las sucesivas administraciones de gobierno ocupada en sostener la Deuda Pública como principal fuente de financiamiento del Estado – avanza así, con la nueva administración Macri, hacia un nuevo escalón u oleada de macro-endeudamiento.

Es el estamento que sostiene la impunidad de las irregularidades y de los múltiples actos de corrupción incursos en el sistema de la Deuda Perpetua de la Argentina, que es un mecanismo de toma y refinanciación permanente de obligaciones sin capacidad de pago demostrada; obligaciones que son negociadas siempre en secreto y sin acceso a la información pública, manejadas vía contrataciones directas y piloteadas por funcionarios del establishment que en muchos casos han tenido y/o tienen conflicto de intereses con los acreedores.

Por lo tanto, qué quiere en realidad el gobierno Macri cuando propone y acepta la exigencia de la derogación de las dos leyes citadas por parte del Congreso pero no da paralelamente a conocer los términos concretos ni las informaciones y documentación de apoyo sobre el acuerdo con los holdouts? 

Lo que pediría entonces el gobierno Macri al Congreso es un aval por compromiso parlamentario expreso a través de la aprobación de dos piezas que son parte de un acuerdo que aún se ignora: una suerte de cheque en blanco a través del cual el Parlamento Argentino quede pegado a su maniobra secreta de acuerdo completo con los holdouts.

Sería así la primera vez que el Congreso – un congreso cuya partidocracia dominante se negó siempre a tratar el problema insoluble de la Deuda Pública Perpetua y el sistema de corrupción que lo rige – le daría el aval de impunidad soñado al Partido de la Deuda.

En materia de endeudamiento, estamos hoy frente a la inminencia de otro acto mayúsculo de servidumbre de la clase política adicta para convalidar un sistema de Deuda con el que la nueva administración Macri afianzaría su política de gobernar con Deuda bajo el eufemismo de reinsertar a la Argentina en el Mundo: un esquema que funciona como círculo vicioso diseñado precisamente para volver a endeudarse sin capacidad de repago, como no sea tomando siempre más deuda.

Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires, 23.2.2016


30 de diciembre de 2015

LA NUEVA DEUDA PUBLICA POR IMPORTACIONES



La administración Macri se apresta a estatizar deuda externa privada convirtiéndola en más deuda pública.

Con fecha 18.12 el Ministerio de Economía (MECON) informó la licitación de nuevos títulos Bonar 2016 por 2.000 MD (Millones de Dólares) para el día 28 (Día de los Santos Inocentes).

Esta colocación es parte de los 5.000 MD correspondientes a la deuda contraída por empresas importadoras con sus proveedores externos y cuyas divisas debiera proveerles el Banco Central (BCRA).

Los importadores reclaman la cobertura de un monto mayor, que es casi el doble de lo hasta ahora reconocido por el gobierno: 9.000 MD.

A esta decisión oficial se llega por un discutible proceso realizado en tres pasos:

  1. Empresas privadas importadoras acumulan los importes citados de deuda externa por compras efectuadas en el exterior. La mayoría de estas deudas están contraídas con sus casas matrices y/o empresas vinculadas y corresponden a operaciones que ya habrían sido concretadas.
  2. Si bien se trata de obligaciones externas privadas, el BCRA carece de las reservas necesarias que en condiciones normales debiera proveerles debido a que tales reservas se utilizaron privilegiadamente bajo la administración Kirchner para pagar deuda externa pública con terceros (acreedores privados y organismos financieros internacionales) y otros fines.
  3. Los importes acumulados por este motivo – los 5.000 ó 9.000 MD citados – se transformarán en deuda pública porque el nuevo gobierno Macri coloca un bono de corto plazo para compensar a los importadores.


Ergo, un cúmulo de deuda externa privada – sin que mediara obligación directa del Estado – pasa a convertirse en deuda pública.

De esta manera, se dan dos hechos concurrentes:
Se traspasa indirectamente (*) deuda externa privada al Fisco. Y

  • Se convierte deuda comercial en deuda financiera de corto plazo; y sin capacidad demostrada de repago (como no sea su refinanciación forzosa al vencimiento).
  • El MECON dispuso esta medida por Resolución conjunta 31/15-SH y 10/15-SF (Secretarías de Hacienda/Finanzas, respectivamente), que es del 25.3 de este año y se respaldaría en las proyecciones de endeudamiento de la Ley 27.008 de Presupuesto, aprobada por la administración Kirchner.


Los términos y condiciones básicos del nuevo bono – Bonar 2016 – son los siguientes:

  • Corto plazo: un año, con fecha de emisión 29.12.15 y fecha de vencimiento 29.12.16.
  • Moneda de denominación y pago en dólares, bajo Ley Argentina, pero con suscripción en pesos. Es decir, que los compradores del bono – los importadores – entregan pesos y obtienen a cambio un título a cobrar en dólares.
  • Tasa de interés del 6 % en dólares, con pago de cupones mensual a partir del 29.5.16, junto con amortizaciones parciales del capital (en 8 cuotas mensuales y consecutivas – también a partir de esa fecha – por el 12.50 % del total cada una).


El Bonar 16 es entonces utilizado para cancelar deuda en divisas con importadores cuando, en realidad, no existe una deuda formal del Estado sino sólo el compromiso de proveer divisas a empresarios privados, de modo que el Tesoro asume así una deuda nueva que no le es propia.

A su vez, este procedimiento induce una suerte de triangulación de la moneda extranjera correspondiente al monto de los títulos – que son intransferibles por parte del importador que los suscribe – porque se supone que éste, el importador, para cumplir con sus obligaciones pendientes debiera concurrir entonces al mercado privado para conseguir sus divisas.

Esto es lo mismo que decir que los importadores van a tener que terminar recurriendo al mercado de cambios y no al BCRA para obtener sus dólares, por lo que la emisión del bono no sería necesaria a los efectos prácticos sino una compensación encubierta por las deudas privadas acumuladas.

Tendríamos entonces que el gobierno coloca bonos en dólares a corto plazo para compensar a los importadores por el costo que éstos tendrían al comprar sus divisas fuera del BCRA, quedando así el Estado a cargo de nueva deuda pública.

Como, a su vez, el Estado recauda esencialmente sus tributos en pesos, el Boden 16 emitido en dólares le transfiere en forma automática el cargo que se le produzca por diferencia de cambios en el pago de los servicios (por intereses y capital).

Con el agravante que la mayor parte de las obligaciones privadas así cubiertas con el bono los importadores ya las tendrían cubiertas a través de contratos suscriptos por dólares a futuro y cuando el tipo de cambio estaba a 9.80 $ o menos.  

Esta primera colocación del 28.12 – por 2.000 MD – es parte de la cobertura de los 5.000 MD reconocidos por el gobierno mientras se discute sobre la inclusión de los otros 4.000 MD reclamados por las empresas importadoras.

Se estudia aplicar el mismo régimen para las deudas acumuladas por las empresas transnacionales en concepto de giro de utilidades/dividendos a sus casas matrices del exterior, que suman entre 10-12.000 MD.

Los Bonar 16 constituyen el primer instrumento de endeudamiento formal en moneda extranjera de la administración Macri, como producto de la asunción de deuda externa privada por parte del Estado; y se da mientras el nuevo gobierno proclama el fin del cepo y la libertad del mercado de cambios.

La licitación de los nuevos bonos inaugura así una nueva modalidad de estatización de deuda externa privada, una forma de conversión de deuda comercial en deuda financiera y una muestra adicional de colocación de deuda en moneda extranjera sin capacidad demostrada de repago.-

 Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires 26.12.2015

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(*) NOTA ACLARATORIA:

Una omisión tipográfica – sinceramente una omisión, ya que la palabra “indirectamente” figuraba en la redacción original – corresponde que haya sido reincorporada al texto de este artículo con fines aclaratorios:

En el punto a) de página 1 el texto completo de la frase es: “Se traspasa indirectamente deuda externa privada al Fisco”.

Obviamente, esto es así desde el punto de vista técnico ya que cambia la titularidad de las nuevas obligaciones, si bien el objeto de la operatoria es – como lo dice el comunicado del MECON del 18.12 – “atender el stock de la deuda comercial en concepto de importación de bienes”.

La palabra “indirectamente” es, por lo tanto, el termino adecuado para aclarar – en caso que no haya quedado así entendido – el sentido de lo que se plantea en el trabajo.
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